viernes, 11 de septiembre de 2009

DECRETO SUPREMO Nº 0288 (09/09/2009)

REGISTRO OBLIGATORIO DE EMPLEADORES EN EL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL Y ACTUALIZACIÓN SEMESTRAL DE INFORMACIÓN PRESENTADA.

El Órgano Ejecutivo ha promulgado el Decreto Supremo Nº 0288 del 09 de Septiembre del 2009, publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia No. 0059 mismo que dispone:

· La constitución del Registro Obligatorio de Empleadores, a cargo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, como el único Registro Público de información socio-laboral de carácter oficial, para el registro de:
- Sociedades Comerciales;
- Empresas Unipersonales;
- Sociedades Cooperativas;
- Sociedades Civiles;
- Asociaciones Civiles; y
- Empresas Públicas.

· La consignación en calidad de Declaración Jurada, la siguiente información:
- Cantidad de trabajadoras y trabajadores dependientes (agencias centrales y sucursales);
- Modalidad de trabajo que desarrollan;
- Género;
- Edad;
- Nacionalidad;
- Nivel Salarial;
- Cantidad de personas con discapacidad;
- Grado de formación profesional;
- Otros aspectos de interés laboral.

· La exigencia de la inscripción actualizada del Registro Obligatorio de Empleadores, para la renovación de la matrícula en el Registro de Comercio de Bolivia, a partir de la publicación del presente Decreto Supremo.

· La incorporación en el sistema financiero de la presentación del Registro Obligatorio de Empleadores, como requisito para la tramitación de créditos.

· La obligatoriedad de inscribirse en el mencionado registro, en un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles, computables a partir de la aprobación del Reglamento, así como la obligatoriedad de actualizar la información presentada, al menos una vez cada semestre.

· La aplicación de sanciones por infracción a leyes sociales, a quienes incumplan con dicho registro.

· Un plazo máximo de diez (10) días hábiles, a partir de su publicación, es decir hasta fecha 21 de septiembre de 2009, para que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, emita la Resolución Ministerial que reglamente la aplicación del presente Decreto Supremo.


Puede ver una copia completa del D.S. Nº 288 en el siguiente link: